EXPEDIENTE ÚNICO DE CUMPLIMIENTO DE LA REVISIÓN DEL PLAN GENERAL DE BENALMÁDENA
- Aprobado definitivamente por acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, en sesión celebrada el 16 de abril de 2010, en el que se da cumplimiento a todos los condicionantes del acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, de fecha 4 de marzo de 2003, sesión 2/03, por el que se aprobó definitivamente la Revisión del PGOU de Benalmádena, y en el que se incluyen :
1. La transposición del aprovechamiento tipo al medio.
2. Las determinaciones relativas a Áreas de Reparto y Aprovechamientos.
3. La Delimitación de Suelo Urbano Consolidado.
4. Las correcciones de errores de la Revisión del PGOU de Benalmádena aprobada en marzo 2003, relativas a las Unidades de Ejecución: UE-5, UEP-6 y 7, UEP-23, UEP-24.1 y UEP-24.2
EXPEDIENTE DE ADAPTACIÓN DEL PGOU DE BENALMÁDENA A LA LEY 7/2002, DE 17 DE DICIEMBRE, DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE ANDALUCÍA
- El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 19 de mayo de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo :
- Someter a información pública, por plazo de un mes, el Expediente de Adaptación del PGOU de Benalmádena a la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
- Requerir los informes correspondientes a los órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados, en relación con las nuevas determinaciones recogidas en el documento de Adaptación parcial.
- Solicitar valoración de la Comisión Interdepartamental de Valoración Territorial y Urbanística de la Junta de Andalucía conforme a lo dispuesto en el artículo 23.1 del Decreto 220/2006 de 19 de Diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
INNOVACIONES DEL PGOU
- Modificaciones del PGOU aprobadas con posterioridad a la publicación del Plan de 2003.